Aparatos a gas
Las inspecciones en aparatos a gas, se refieren a la comprobación por unidad del equipo.
Estos aparatos necesitan someterse a una revisión, cuando no es aplicable la Directiva 90/396/CEE y no han sido sometidos al examen «de tipo» y a la posterior verificación de la conformidad de producción, recogidos en la ITC-ICG.
En este campo el inspector actúa:
- Comprobando la existencia y validez de la solicitud de verificación por unidad.
- Examinando la documentación del diseño.
- Inspeccionando el aparato, comprobando que se ha fabricado de acuerdo con la documentación del diseño y con los requisitos contemplados en la normativa que le aplique.
- Realizando las pruebas y ensayos de acuerdo a las normas y procedimientos aplicables. En caso de necesidad, subcontrata laboratorios acreditados para los ensayos que correspondan.
Una vez se han realizado todos los procesos definidos para la inspección del equipo, se emite un certificado, que apruebe el funcionamiento y seguridad del equipo.
Reglamentación aplicable
- Reguladas por el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos según Real Decreto 919/2006.
- ITC-ICG 08