Refinerías y Plantas Petroquímicas
Este tipo de inspección se aplica a los equipos a presión instalados en refinerías de petróleos y plantas petroquímicas.
Se excluyen:
- Las botellas de gas para aparatos respiratorios incluidas en la ITC EP-5.
- Los equipos a presión transportables incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 222/2001 (Directiva 1999/36/CE relativa a equipos a presión transportables).
- Los extintores de incendios.
- Los oleoductos, gasoductos y redes de distribución urbana.
- Las tuberías de conducción hacia otra instalación externa, desde el último dispositivo de aislamiento dentro de los límites de la empresa.
- Las carcasas o envolventes de elementos dinámicos.
- Los equipos clasificados o asimilados en el artículo 3.3. (PED 97/23/CE o REP Art. 3.2).
Los recipientes se clasifican, en función de grupos de fluidos (grupo 1.1; 1.2; 1.3; 1.4) y potenciales de riesgo del 1 al 5, en función del producto (P · V, expresado en bar · m3), en clases de 1 a la 5, definiendo agentes (inspector propio, OCA, etc.) y periodicidad de las inspecciones periódicas.
Además, se definen requisitos particulares para este tipo de inspecciones como pueden ser la realización de END, tarado de PSV, etc.
Reglamentación aplicable
- Real Decreto 2060/2008
- ITC EP-3