Recipientes a Presión Transportables
Se define como equipo a presión transportable todo aquel recipiente a presión, así como sus válvulas y demás accesorios, las cisternas, los vehículos en batería, los contenedores de gas y los cartuchos de gas. Además, también se definen requisitos específicos para los recipientes como acoplamientos, colores identificativos y condiciones de utilización.
Se aplica en las condiciones de utilización y los centros de recarga de los recipientes a presión transportables para usos industriales, alimentarios y medicinales, que se incluyen en la Directiva 2010/35/UE sobre equipos a presión transportables.
Se exceptúan de lo dispuesto en esta directiva:
- Los extintores de incendios.
- Los aerosoles.
- Equipos a presión definidos en el anexo 3.3 de la Directiva 2008/68/CE.
- Recipientes criogénicos abiertos.
- Botellas de gas para aparatos respiratorios.
Reglamentación aplicable
- ITC EP-6
- Real Decreto 2060/2008
- Directiva 2010/35/UE