Directiva ascensores
Anexos IV, V, VIII y IX
Anexo IV(A)
Se refiere al examen «CE de tipo» para los componentes de seguridad de ascensores, en el cual hay que examinar el diseño técnico para evaluar si el componente de seguridad cumple con los requisitos esenciales de salud y seguridad de la directiva. Estas comprobaciones, deben ser realizadas obligatoriamente por un Organismo Notificado.
El campo de aplicación de este anexo son todos los componentes de seguridad que permitirán que el ascensor cumpla los requisitos de la directiva.
Anexo IV(B)
Vincula el examen «CE de tipo» para los ascensores, en el cual hay que examinar el diseño técnico para evaluar si el diseño del ascensor tipo, o del ascensor respecto del cual no se ha previsto ninguna extensión ni variante, es adecuado y comprueba que el diseño cumple los requisitos esenciales aplicables de salud y seguridad de la directiva. Este tipo de inspección solo puede ser realizada por Organismos Notificados.
El examen CE de tipo de un ascensor incluye el examen de un ejemplar representativo de un ascensor completo.
Anexo V
Se refiere a la inspección final de ascensores en la cual hay que comprobar y certificar que el ascensor instalado, que es objeto de un certificado de examen CE de tipo, cumple con los requisitos esenciales de salud y seguridad.
El campo de aplicación de este anexo son todos los ascensores de nueva construcción en los que el instalador debe declarar que el ascensor que se pone en el mercado cumple con los requisitos de la directiva.
Anexo VIII
Se refiere a la verificación por unidad para ascensores, módulo G, en el cual hay que examinar la documentación técnica y realizar los ensayos adecuados y definidos en la norma o normas armonizadas. Estas inspecciones se realizan para la puesta en marcha del ascensor y solo las puede realizar un Organismo Notificado.
El campo de aplicación de este anexo son todos los ascensores de nueva construcción en los que el instalador debe declarar que el ascensor que se comercializa ha obtenido el certificado de conformidad y cumple los requisitos de la directiva.
Anexo IX
Se refiere a la comprobación de la conformidad con el tipo con controles aleatorios de los componentes de seguridad para ascensores. Para ello, el Organismo Notificado comprueba y asegura que los componentes de seguridad son conformes con el tipo aprobado descrito en el certificado de examen CE de tipo, y que cumplen los requisitos de la directiva.
Reglamentación aplicable
- Reguladas por las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/33/UE, sobre requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores, según Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo.