DOP IPG ETG - Certificación | OCA Global
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Productos agroalimentarios

DOP-IGP-ETG

¿Qué es?

Actualmente existe un mercado muy variado y rico en productos, lo cual implica que muchos productos que adquieren cierta reputación pueden ser susceptibles a ser imitados. Por este motivo se han creado sistemas para proteger los productos de imitaciones y diferenciarlos de la competencia.

A fin de que los consumidores puedan confiar en la veracidad de la información consignada en el distintivo de esos productos, el cumplimiento de un pliego de condiciones está controlado por las autoridades públicas o por organismos de certificación autorizados por la administración competente.

Existen tres tipos de designaciones que permiten a los consumidores identificar los productos cuyas cualidades específicas responden a un origen concreto o a un método de obtención determinado:

  • Denominaciones de Origen Protegidas (DOP): Designa el nombre de un producto cuya producción, transformación y elaboración deben realizarse en una zona geográfica determinada, con unos conocimientos específicos reconocidos y comprobados. Dicha protección se basa en un vínculo muy fuerte entre el producto y su zona de procedencia.   
  • Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP): En este caso el vínculo con el medio geográfico sigue presente en, al menos, una de las etapas de la producción, de la transformación o la elaboración. Se trata de productos agroalimentarios de prestigio y reputación que se identifican con una zona geográfica, aunque no todo el proceso productivo tenga que realizarse necesariamente dentro de sus límites geográficos. En muchos casos es la elaboración la que les confiere las características definitivas especialmente apreciadas por los consumidores.
  • Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG): Esta certificación no hace referencia al origen, sino que tiene por objeto destacar una composición tradicional del producto o un modo de producción tradicional. La condición esencial para ser inscritos es que sean producidos a partir de materias primas tradicionales, o bien presentar una composición tradicional o un modo de producción y/o de transformación que pertenezca al tipo de producción y/o transformación artesanal.    

   Marco legal

  • Reglamentos 2081/92 y 2082/92, relativos a las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP), las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) y las Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG).
  • OCA Global como Entidad de certificación de producto acreditado por ENAC con acreditación Nº 11/C-PR228 para Pliego de Condiciones de la Especialidad Tradicional Garantizada (ETG) y Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida “Queso de L’Alt Urgell y La Cerdanya”, Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida “Mantequilla de L’Alt Urgell y La Cerdanya” y Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida “Arroz del Delta del Ebro” como DOP´s e IGP´s    
DOP-IGP-ETG

¿A quién va dirigido?

Estas certificaciones están diseñadas para salvaguardar las denominaciones protegidas y a los agricultores y los ganaderos que elaboran los productos originales, protegiéndolos de la competencia desleal que suponen los productos de imitación comercializados bajo el mismo nombre o designación.

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